jueves, 16 de mayo de 2019

S5. Actividad 2. Análisis y abstracción de información

S5. Actividad 2. Análisis y abstracción de información


(…)"Creando honestidad"(…)
Datos del estudiante:

Nombre:
Isaías Fraga Bejarano
Matricula:

Nombre de modulo:
Integración a la vida Universitaria
Nombre de la evidencia de aprendizaje
S5. Actividad 2. Análisis y abstracción de información
Fecha de elaboración
06/03/2019
Ciudad
León Gto.
Carrera Universitaria
Contaduría y Finanzas Publicas

¿Cómo funciona la auditoria superior de la federación?

MARCO TEÓRICO
Antecedentes del tema
En México el actual gobierno ha puesto de "moda" el combate a la corrupción y un punto muy importante es la rendición de cuentas que en las pasadas administraciones ha lucido por su opacidad y el dispendio de los recursos de todos los mexicanos lo cual ha generado considerable deuda pública sin lograr beneficios tangibles para la mayoría de los ciudadanos.
Es responsabilidad de la Auditoria Superior de la Federación auditar como se gasta el dinero de los mexicanos concentrado en  el Presupuesto de egresos de la Federación.

INDICE MARCO TEÓRICO

Tabla de contenido

1.1 Presupuesto de egresos de la Federación  ¿Qué es?

Según el sistema de información legislativa el presupuesto federal es:
"Presupuesto de Egresos de la Federación
Documento de política pública elaborado por el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el que se describen la cantidad, la forma de distribución y el destino de los recursos públicos de los tres poderes, de los organismos autónomos, así como las transferencias a los gobiernos estatales y municipales.
El PEF presenta de manera ordenada y sistemática la información sobre gasto público y esos recursos pueden ordenarse en la división de Gasto No Programable y Gasto Programable.
El Gasto No Programable se destina al cumplimiento de obligaciones y apoyos determinados por la Ley como la deuda pública, las participaciones a entidades federativas y municipios, lo que significa que no financia la operación de las instituciones del gobierno federal.
El Gasto Programable se refiere al que soporta la operación de las instituciones del gobierno federal para que éstas proporcionen servicios como educación, salud, carreteras o las relaciones con otros países, etc.
De acuerdo con la nm   Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en México éste deberá remitirse a más tardar el 8 de septiembre de cada año a la Cámara de Diputados que tiene como facultad exclusiva aprobarlo a más tardar el 15 de noviembre y publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar 20 días naturales después de aprobado.
El Ejecutivo Federal en el año que inicie su encargo hará llegar a la Cámara de Diputados el proyecto de PEF, junto con la iniciativa de Ley de Ingresos, a más tardar el día 15 del mes de noviembre." En resumen es un "documento donde se describe el monto y destino de los recursos públicos incluyendo aquellos para: Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Transferencias a las entidades federativas y municipios. Organismos autónomos"

1.2 Cómo se genera el dinero para el presupuesto federal

 Los impuestos son la principal fuente de ingresos de la federación. "Las dos principales fuentes tributarias son: el impuesto sobre la renta (ISR)...que pagan tanto las empresas como las personas por concepto de ingresos. El impuesto al valor agregado (IVA)...que es el impuesto que pagamos cada vez que compramos algún producto y grava todo el valor que se le agrega a una mercancía en su proceso de producción. El gobierno también obtiene recursos a través de los bienes y servicios que genera (ejem, ventas de petróleo). Y otra fracción del gasto es la deuda que contrate el gobierno.
Antes del 15 de noviembre el Presidente envía su iniciativa de Ley de Ingresos a la Cámara de Diputados y Senadores para su aprobación. En este documento se especifican los conceptos y cantidades estimadas de donde se percibirán los ingresos para el siguiente año fiscal."

1.3 ¿Qué es una auditoria?

Según la real academia de la lengua española "Es una Técnica Profesional normada de revisión, verificación y evaluación de documentos contables y de procedimientos de control y de gestión cuyos resultados se recogen  por escrito en un informe y contienen una opinión acerca de la información auditada, emitida con un grado de certeza medible estadísticamente"

1.4 Quién se encarga de hacer las auditorias federales en México

La Auditoría Superior de la Federación
Es el órgano técnico de fiscalización de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión que goza de autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que disponga la Constitución y la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
La función de fiscalización será ejercida conforme a los principios de legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad. El proceso de fiscalización podrá iniciar a partir del primer día hábil del ejercicio fiscal siguiente.
La Auditoría Superior de la Federación tendrá a su cargo:
I. Fiscalizar en forma posterior los ingresos, egresos y deuda; las garantías que, en su caso, otorgue el Gobierno Federal respecto a empréstitos de los Estados y Municipios; el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales, así como realizar auditorías sobre el desempeño en el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas federales.
II. Entregar a la Cámara de Diputados, el último día hábil de los meses de junio y octubre, así como el 20 de febrero del año siguiente al de la presentación de la Cuenta Pública, los informes individuales de auditoría que concluya durante el periodo respectivo.
III. Investigar los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilícita en el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de fondos y recursos federales, entre otras.
IV. Derivado de sus investigaciones, promover las responsabilidades que sean procedentes ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.
Son sujetos de fiscalización los Poderes de la Unión, los entes públicos federales, las Entidades Federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México que ejerzan recursos públicos federales y, en general, cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, y los transferidos a fideicomisos, fondos y mandatos, públicos o privados, o cualquier otra figura jurídica que haya recaudado, administrado, manejado o ejercido recursos públicos federales; y sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero.

2.1 ¿Cómo funciona la auditoria superior de la federación?

Imagen 1 ASF

2.2 ¿Qué es la ASF "Auditoria Superior de la Federación"?

La Auditoría Superior de la Federación (ASF) es el órgano técnico especializado de la Cámara de Diputados, dotado de autonomía técnica y de gestión, se encarga de fiscalizar el uso de los recursos públicos federales en los tres Poderes de la Unión; los órganos constitucionales autónomos; los estados y municipios; y en general cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada que haya captado, recaudado, administrado, manejado o ejercido recursos públicos federales. El resultado final de la labor de la ASF son los Informes Individuales de Auditoría y el Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública.

2.3 Filosofía de la auditoria superior de la federación

2.3.1 Misión

La misión de la ASF es fiscalizar la Cuenta Pública mediante auditorías que se efectúan a los tres Poderes de la Unión, a los órganos constitucionalmente autónomos, a las entidades federativas y municipios del país, así como a todo ente que ejerza recursos públicos federales, incluyendo a los particulares. Conforme a su mandato legal, el propósito es verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en las políticas y programas gubernamentales, el adecuado desempeño de las entidades fiscalizadas, y el correcto manejo tanto del ingreso como del gasto público.

2.3.2 Visión

Al llevar a cabo su misión, la ASF busca posicionarse como una institución objetiva e imparcial, técnicamente sólida y sujeta a un proceso de mejora continua, cuyos productos puedan constituirse en un elemento central para el Poder Legislativo en la definición de las asignaciones presupuestarias de los programas, proyectos y políticas públicas. De esta manera, contribuirá a generar confianza en la ciudadanía respecto al manejo de los recursos y a fortalecer una cultura gubernamental de transparencia y rendición de cuentas.

2.4 Marco de Actuación

La ASF es un órgano especializado de la Cámara de Diputados que cuenta con autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su organización interna, funcionamiento, resoluciones y manejo de los recursos presupuestales que le son asignados. Su actuación se rige por un conjunto de disposiciones jurídicas,  técnicas y éticas.

Los principales ordenamientos jurídicos que dan origen y norman la actuación de la ASF son la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. En los últimos años, estos  ordenamientos se han modificado para crear un órgano de fiscalización eficiente y moderno.

En el ámbito técnico, la ASF ha emitido diversas normas y procedimientos de auditoría para llevar a cabo sus funciones y los cuales recogen los avances en la materia. Por su calidad, las normas técnicas institucionales son similares a las utilizadas por países de mayor grado de desarrollo, y se actualizan constantemente para garantizar su mejora.

En materia de ética y conducta, la ASF cuenta con una Política Institucional de Integridad que está compuesta por el Código de Ética, el Código de Conducta y las Directrices para Prevenir el Conflicto de Intereses. La finalidad de estos instrumentos es que el personal de la ASF se conduzca bajo estrictos principios y lineamientos de independencia, imparcialidad y rigor técnico.

2.5 Organigrama de la ASF

 

Imagen 2 Organigrama ASF

2.6 ¿Qué hace la ASF y como lo hace?

2.6.1 Universo sujeto a fiscalización.

La ASF se encarga de fiscalizar, de manera externa, el uso de los recursos públicos federales en los tres Poderes de la Unión; los órganos constitucionales autónomos; los estados y municipios; y en general cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada que haya captado, recaudado, administrado, manejado o ejercido recursos públicos federales.

La función de fiscalización será ejercida conforme a los principios de legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad.

2.6.2 Programa Anual de Auditorías 


Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2018
  • Por Entidad Fiscalizada   
  • Por Objeto de Fiscalización 

Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2017
  • Por Entidad Fiscalizada   
  • Por Objeto de Fiscalización 

Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016
  • Por Entidad Fiscalizada   
  • Por Objeto de Fiscalización   

Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2015
  • Por Entidad Fiscalizada   
  • Por Objeto de Fiscalización   

Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2014
  • Por Entidad Fiscalizada  
  • Por Objeto de Fiscalización  

Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2013
  • Por Entidad Fiscalizada  
  • Por Objeto de Fiscalización  
 Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2012 


2.7 Planeación y programación de auditorías 

Derivado de la reforma que dio origen al Sistema Nacional Anticorrupción, se incrementó, cuantitativa y cualitativamente, el universo auditable. Por ello, los trabajos de planeación y programación son fundamentales para obtener una selección adecuada de entes, programas, fondos y procesos que aseguren la inclusión de temas relevantes en términos financieros, de impacto social, de interés cameral e, inclusive, de trascendencia para la opinión pública. En este contexto, la metodología de planeación y programación de auditorías de la ASF materializa, entre otros, los principios de imparcialidad y confiabilidad.

2.7.1 Planeación

Tiene como objetivo y resultado principal la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior (PAAF). Se refiere al conjunto de directrices, reglas generales y actividades para coordinar la integración de dicho Programa. Las directrices son las definiciones estratégicas que permiten orientar las características que tendrá el PAAF.
Por su parte, las reglas generales de planeación indican la necesidad de un marco metodológico con procedimientos definidos. Por ello, en la ASF se tienen implantados criterios en la materia. Asimismo, se estableció, como parte de dichas reglas, que todas las propuestas de auditoría deben ser analizadas y discutidas en una instancia colegiada denominada Grupo de Programación, el cual permite valorar su pertinencia, importancia y factibilidad.
Dicho marco general de planeación establece cuatro componentes:
1) Análisis de la capacidad operativa: se refiere al examen de los recursos disponibles; el perfil y experiencia del personal, así como demás circunstancias que influyan en la capacidad institucional para ejecutar auditorías o estudios.
2) Fuentes de información: son los insumos documentales y de datos requeridos para conformar un proceso de planeación y programación técnico y objetivo.
3) Criterios de análisis de información: son el conjunto de variables o componentes cuantitativos y cualitativos, que permiten desarrollar un diagnóstico de los sujetos y objetos de fiscalización.
4) Criterios de selección: constan de las reglas de decisión o parámetros a partir de los cuales se orientará la identificación de los sujetos y objetos de auditoría de mayor importancia o riesgo. Destaca particularmente, entre estos criterios, el juicio profesional del auditor que reúne experiencias y antecedentes de dichos objetos auditables.

2.7.2 Programación

El proceso de programación tiene como objetivo principal identificar a los sujetos y objetos a fiscalizar. Dada la gran cantidad de combinaciones sujeto-objeto que son susceptibles de ser revisadas, la ASF ha desarrollado una metodología de programación basada en factores de riesgo que cuenta con criterios y subcriterios de análisis, priorización y selección de propuestas de auditoría. Su ejecución implica el desarrollo de un trabajo minucioso de identificación, procesamiento, análisis y valoración de diversas fuentes de información, para la asignación de los niveles de riesgo.
En la siguiente figura se presentan algunos ejemplos de los criterios y subcriterios utilizados en el proceso de programación.


Imagen 3 ASF
Una vez identificados los objetos, sujetos y conceptos a fiscalizar que presenten mayor riesgo, se realiza un análisis cualitativo para verificar la correcta determinación del nivel de riesgo asignado, así como definir la elaboración formal de las propuestas de auditoría. Cabe reiterar que una instancia colegiada —el Grupo de Programación— analiza, discute todas las propuestas de auditorías que integran el PAAF y verifica que se dé cumplimiento al marco metodológico.

2.7.3 Integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior

Este proceso abarca la agrupación y clasificación de las propuestas de auditoría para ser presentadas en diferentes vistas, en un documento denominado PAAF, el cual se hace público en la página web de la institución y en el Diario Oficial de la Federación. Dado que el proceso de fiscalización es dinámico, la ley permite que dicho Programa, una vez aprobado, pueda modificarse. Esto significa que, durante el desarrollo de la fiscalización de la Cuenta Pública respectiva, se podrán incorporar, dar de baja o realizar cambios a cualquier auditoría programada, para ampliar o reducir su alcance. Cabe resaltar que los ajustes deberán cumplir con las reglas generales para la planeación y programación descritas con anterioridad, así como con el marco normativo para la fiscalización superior.

2.7.4 Muestra fiscalizada

En términos de la muestra de fiscalización, a nivel agregado, el universo auditable se ha dividido en cuatro grandes grupos: (1) el Sector Público Presupuestario (SPP), (2) Gasto Federalizado —abarca las transferencias condicionadas y las participaciones—, (3) otros conceptos fiscalizados —que incluyen cuentas de balance, deuda pública, fideicomisos, entre otros— y (4) los ingresos ordinarios del SPP.

2.8 Resultados del proceso de fiscalización

Una vez concluidas las auditorías que fueron programadas, la ASF integra Informes Individuales, los cuales, se entregan a la Cámara de Diputados a través de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, el último día hábil de los meses de junio y octubre, así como el 20 de febrero del año siguiente al de la presentación de la Cuenta Pública. Asimismo, en esta última fecha, se entrega el Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública.

La ASF está obligada legalmente a mantener reserva y secrecía sobre los resultados y contenido de las auditorías, hasta que se entregan a la Cámara de Diputados. A partir de ese momento son de carácter público y se ponen a la disposición de la ciudadanía a través del sitio web de la ASF.

2.9 Acciones derivadas del proceso de fiscalización

2.9.1.1 Acciones que emite directamente la ASF

Tipo de acción
Criterios para concluir con la acción  
Plazos legales involucrados hasta la conclusión de la acción
Consecuencia en caso de no concluirse con la acción
Plazo de notificación por parte de la ASF
Plazo de respuesta del ente auditado
Plazo para que la ASF se pronuncie
    Recomendación
(Preventivo)
Sugerencia para fortalecer los procesos administrativos y los sistemas de control.
Respuesta de la entidad fiscalizada.
10 días hábiles a partir de la entrega del informe individual correspondiente a la Cámara de Diputados.

30 días hábiles, a partir de la recepción de la recomendación.
120 días hábiles a partir de recepción de respuesta.

La ASF enviará a la Cámara de Diputados un reporte final detallando la información, documentación o consideraciones aportadas por las entidades fiscalizadas.
Solicitud de aclaración
(Preventivo)
La ASF requerirá a las entidades fiscalizadas que presenten información adicional para atender las observaciones que se hayan realizado.
Respuesta y documentación suficiente y competente.
10 días hábiles a partir de la entrega del informe individual correspondiente a la Cámara de Diputados.

30 días hábiles, a partir de la recepción de la recomendación
120 días hábiles a partir de recepción de respuesta.



Formulación de Pliego de Observaciones.
Pliego de observaciones
(Correctivo)
La ASF determinará en cantidad líquida los daños o perjuicios, o ambos a la Hacienda Pública Federal o, en su caso, al patrimonio de los entes públicos.
Argumentos y documentación suficiente o con el reintegro correspondiente.
10 días hábiles a partir de la entrega del informe individual correspondiente a la Cámara de Diputados.
30 días hábiles, a partir de la recepción de la recomendación
120 días hábiles a partir de la recepción de la respuesta.
Se inicia el procedimiento para el fincamiento de responsabilidad resarcitoria a servidores públicos o particulares. El pliego definitivo de responsabilidades determina indemnización correspondiente por daños o perjuicios, estimables en dinero. La indemnización correspondiente se constituye en un crédito fiscal, cuyo cobro efectúa la autoridad competente mediante procedimiento administrativo de ejecución.

2.9.1.2 Acciones que promueve la ASF ante otras instancias


Acción
Descripción
Rol de la ASF
Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal
(Correctivo)
La ASF informará a la autoridad competente sobre un posible incumplimiento de carácter fiscal detectado en el ejercicio de sus facultades de fiscalización.
Promovente ante el  Servicio de Administración tributaria.
Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria
(Correctivo)
La ASF promueve, ante las instancias internas de control competentes, las presuntas acciones u omisiones que pudieran implicar una responsabilidad administrativa
Promovente ante los Órganos Internos de Control, las contralorías estatales, la Secretaría de la Función Pública, etc.
Denuncia de Hechos
(Correctivo)
Las denuncias penales de hechos presuntamente ilícitos, deberán presentarse cuando se cuente con los elementos que establezca la Ley
Denunciante y coadyuvante del Ministerio Público.

2.10. Fortalecimiento de las Capacidades de la Institución

El 18 de julio de 2016 se promulgó un paquete de siete leyes para hacer operativa la reforma por la que se crea el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA); entre ellas se encuentra la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación (LFRCF).
Con el fin de ofrecer un panorama sobre estos cambios, a continuación, se presenta una tabla comparativa que contiene los de mayor relevancia para la comprensión de las nuevas atribuciones de la ASF.

La oportunidad en la entrega de los informes de auditoría puede apreciarse de manera clara en la siguiente figura, en la que se comparan los plazos, antes y después de la reforma de la LFRCF.

3.1 Conclusión

El trabajo de la ASF es muy importante y según su filosofía es una institución fuerte y con todo lo necesario para trasparentar el uso de los recursos públicos sin embargo queda en el aire la interrogante ¿Por qué no se ha terminado la corrupción en México?

Es difícil que se termine la corrupción si no se comprometen las personas involucradas en todo lo relacionado al presupuesto,  al parecer es vital para México remplazar a estas personas por otras con alto sentido de la honradez y si fuera posible crear más trasparencia. Podría llegar un día que si se termine la corrupción pero sin duda ello requiere un esfuerzo muy grande.

Referencias
Fuente(s): "Presupuesto de Egresos de la Federación"
Arts. del 73 al 75, 79, 126, 127 y 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Arts. 220 y 221 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
http://sil.gobernacion.gob.mx/Glosario/definicionpop.php?ID=189

El presupuesto 2018 en 8 puntos https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/work/models/PTP/Home/PEF2018/PEF_2018.pdf
Significado de la palabra auditoria según la RAE
https://dej.rae.es/lema/auditor%C3%Ada
Imagen 1 ASF https://www.asf.gob.mx/view/assets/logo.png
Imagen 2 Organigrama ASF https://www.asf.gob.mx/Publication/21_
Imagen 3 ASF https://www.asf.gob.mx/Publication/21_
Para saber más visita

https://www.asf.gob.mx/Publication/21_

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